Inspección técnica de edificios. ITE
Desde febrero de 2011 el decreto 187/2010 obliga a todos los propietarios de edificios de viviendas plurifamiliares que se encuentren en España y tengan una antigüedad mayor a los 45 años de construcción a pasar una inspección técnica con el fin de verificar el estado de los mismos.
Esta resolución intenta detectar, prevenir y reparar el deterioro de los edificios de viviendas plurifamiliares, con el objeto de evitar que los daños que se encuentren, puedan perjudicar a sus habitantes o terceros.
ITE: Inspección Técnica de Edificios.
Contempla:
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La inspección visual de los elementos comunes de los edificios y de las viviendas.
Los elementos comunes son: fachadas, cubiertas, medianeras, patios, estructura, escalera e instalaciones comunitarias.
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La redacción del informe de la inspección realizada al edificio. Si no se detectan deficiencias, o éstas son de carácter leve, se solicita el Certificado de Aptitud del Edificio a la Administración.
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Certificado de Aptitud emitido por la Administración con una validez de 5 años.
ICE: Informe de Conservación de Edificios.
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Imprescindible para solicitar calificación o financiación de viviendas unifamiliares y plurifamiliares en caso de rehabilitación.
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Equivale al ITE en edificios de más de 50 años.
IPE: Informe de Inspección y Evaluación preliminar de la estructura del edificio.
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Puede ser requerido para edificios construidos entre 1940 y 1982.
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