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Europa declara ilegal el canon digital por aplicarse indiscriminadamente

«La aplicación del ‘canon por copia privada’ a los soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no es conforme con el Derecho de la Unión»

Así sentencia el Tribunal de Justicia de la Unión Europea la ilegalidad del canon vigente en España que desde el 2007 grava indiscriminadamente soportes y dispositivos sin tener en cuenta si tienen alguna relación con la copia privada.

Muchos soportes sobre los que se aplica este canon, como CD, DVD, memorias USB y discos duros externos, son utilizados para almacenar información que no está sujeta a derechos de autor. La SGAE ingresó durante el pasado año 90 millones de euros por este concepto.

El comunicado del tribunal comunitario explica que «cabe aplicar el canon a dichos soportes cuando éstos puedan ser utilizados por personas físicas para su uso privado». Esto significa que sólo procede cobrarlo a soportes que vayan a ser utilizados exclusivamente para uso privado.

«Se presume legítimamente que dichas personas físicas se benefician íntegramente de tal puesta a disposición, es decir, se supone que explotan plenamente las funciones de que están dotados los equipos, incluida la de reproducción. Así pues, la mera capacidad de dichos equipos o aparatos para realizar copias basta para justificar la aplicación del canon por copia privada, siempre y cuando dichos equipos o aparatos se hayan puesto a disposición de personas físicas en condición de usuarios privados«, afirma el Tribunal en un párrafo que será muy discutido.

Previsiblemente, el estado español se enfrentará ahora a una avalancha de demandas por parte de las empresas que quieren recuperar el dinero que han estado pagando injustamente.

Así lo cuentan algunos medios:

Vía: bandaancha.eu

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