Comunicado de Salvem el Cabanyal sobre la sentencia del TS
El Supremo demuestra que los vecinos que defienden una rehabilitación sin destrucción tenían razón al oponerse a los derribos en abril de 2010
- El 06 de abril de 2010: Enviar las máquinas por derribar casas al Cabañal y la actuación de la policía fue una temeridad y una arbitrariedad. Los responsables máximos y primeros de los desgraciados hechos no es otro qué la actitud radical y absoluta del gobierno municipal.
- El 06 de abril de 2010: La vecindad defendió el Estado de Derecho y el ayuntamiento de Valencia un fraude.
Una vez más desde la Plataforma Salvem El Cabanyal Canyamelar queremos manifestar que la solución al problema creado por un proyecto antiguo y desfasado no es otra que el consenso y la rehabilitación sin destrucción. Las nuevas tendencias marcan el camino de la conservación del patrimonio más la recuperación de la identidad más la diferencia como valor añadido. Todo esto solo es posible con la rehabilitación sin destrucción.
EL Ayuntamiento de Valencia no puede seguir poniendo impedimentos al crecimiento social y económico del barrio del Cabanyal – Canyamelar, el ayuntamiento no debe, ni puede, seguir negando licencias de obra ni de abertura de nuevas empresas. El ayuntamiento está para dinamizar la transformación social y económica no para impedirla con sus decisiones.
El gobierno municipal de Valencia no está por crear puestos de trabajo en el barrio y en el momento actual, es lo peor que le se puede decir a unos dirigentes políticos que administran la ciudad, la primera preocupación de la ciudadanía es el paro, bien el Partido Popular tiene en su mano la posibilidad de activar un barrio y atraer inversiones del gobierno central, ¿por qué no lo hace? La respuesta la entendemos fácil: su primer interés no es el interés general.
Imagen corporativa y licencia de apertura gratis para emprendedores valencianos
Los emprendedores desempleados de la Comunidad de Valencia están de enhorabuena, se acaban de publicar las ayudas de la Generalitat para el 2011, que llegan hasta más de 10.000 euros a fondo perdido para poder emprender y tener ese empujón económico incial.
Resumo las condiciones a continuación.
Subvenciones de fomento del empleo dirigido a emprendedores para el año 2011 en la Comunitat Valenciana
Orden 54/2010, de 22 de diciembre de 2010 (DOCV 03-01-2011) de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo
REQUISITOS:
-
Estar incrito en el SERVEF como demandante de empleo.
-
Haber iniciado la actividad en el 2011 o último trimestre de 2010 en personas con discapacidad.
-
No haber sido trabajador autónomo en los seis meses anteriores al inicio de esta actividad.
SUBVENCIONES:
a) Subvención
-
5.000 € para desempleados en general
-
6.000 € para desempleados menores de 30 años
-
7.000 € para mujeres desempleadas
-
8.000 € para desempleados con discapacidad
-
10.000 € para mujeres desempleadas con discapacidad
-
En el supuesto de mujeres víctima de violencia de género, las cantidades de los puntos 3 y 5 se incrementarán en un 10%
-
Las cuantías de los puntos 1 a 6 se incrementarán en 600 € sí se cumple alguna de estas condiciones:
-
Que el desempleo se haya producido por el procedimiento de regulación de empleo especificado en el ar. 51 del estatuto de los trabajadores de los sectores cerámica, construcción o muebles.
-
Que la actividad a desarrollar esté vinculada a energías renobables, medio ambiente, nuevas tecnologías, investigación o desarrollo y atención de personas dependientes.
Se deberán acreditar unos gastos mínimos de 5.000 euros, excluidos impuestos, se admiten facturas del último trimestre de 2010.
Se admiten gastos de publicidad lo que es muy bueno porque cubre los gastos de diseño de nuestra imagen corporativa, es decir tarjetas de visita, material de papelería, logotipo, etc. Así como también de publicidad o la página web.
También cubre gastos de honorarios que tengan consideración de gastos de primer establecimiento, por lo que la documentación para solicitar la Comunicación Ambiental necesaria para la licencia de apertura te sale gratis, ponte en contacto conmigo ya que este es mi trabajo, por e-mail a delineant-oscar@yahoo.com o llámame al 654728774
b) Subvención financiera para la reducción de intereses de préstamos dedicados a financiar las inversiones para constituirse como trabajador autónomo o por cuenta propia.
3) Ayuda a la primera contratación
4) Subvención para la formación
OBLIGACIONES:
-
Hay que mantener la actividad laboral durante 3 años, de lo contrario hay que devolver la subvención.
-
En el caso de primera contratación, no se puede despedir al trabajador en 2 años.
-
En el plazo de dos meses a la concesión de la ayuda se deberá aportar cuadro de amortización o certificado del banco.
INCOMPATIBILIDADES:
-
Incompatible con cualquier otra ayuda para la misma finalidad recibida de cualquier administración pública en los últimos 3 años.
-
La percepción de la ayuda por contratación será incompatible con cualquier otra no consistente en bonificaciones de la seguridad social.
-
Quedan excluidas de esta ayuda las sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades civiles, sociedades laborales, miembros de comunidades de bienes y autónomos colaboradores.
MÁS INFORMACIÓN:
DOCV nº 6.430 del 3 de enero de 2011
Ayudas por el establecimiento como trabajador por cuenta propia
Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo
Dirección Territorial de Empleo
Av. Barón de Cárcer nº 36
963867458
Servicios a emprendedores:
-
Identidad Corporativa
-
Logotipo
-
Página web
-
Proyectos de actividad
-
Proyectos de reforma
Contacta con delineant-oscar@yahoo.com o llama a 654728774