La ley Ómnibus y los delineantes
Ha pasado más de 1 año desde que se aprobó la ley de reforma estructural del sector Servicios, conocida como la Ley Ómnibus. Y parece que a estas alturas la confusión al respecto no ha desaparecido.
Fundamentalmente lo que más afecta a los delineantes es la reforma de los colegios profesionales, ya que afecta a temas como la introducción de los trámites online, la publicidad sin restricciones de servicios profesionales, la facilidad para los profesionales de trabajar fuera de su demarcación, o la revisión de las cuotas colegiales para hacerlas más acordes a los costes que representan.
Pero parece que hay dos temas «estrella» de los que todos estamos especialmente pendientes, me refiero a la obligatoriedad de colegiación para algunas profesiones y al visado colegial obligatorio de determinados trabajos o proyectos.
Pues bien, trataré de dar un poco de luz sobre el tema, ambos temas debían ser regulados por dos leyes específicas posteriores a la ley ómnibus, que decía:
Disposición transitoria tercera. Vigencia de la exigencia de visado colegial.
En el plazo máximo de cuatro meses desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno aprobará un Real Decreto que establezca los visados que serán exigibles de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la Ley
Hasta la entrada en vigor de la norma prevista en el párrafo anterior, la exigencia de visado se regirá por la normativa vigente.
Disposición transitoria cuarta. Vigencia de las obligaciones de colegiación.
En el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, remitirá a las Cortes Generales un Proyecto de Ley que determine las profesiones para cuyo ejercicio es obligatoria la colegiación.
Dicho Proyecto deberá prever la continuidad de la obligación de colegiación en aquellos casos y supuestos de ejercicio en que se fundamente como instrumento eficiente de control del ejercicio profesional para la mejor defensa de los destinatarios de los servicios y en aquellas actividades en que puedan verse afectadas, de manera grave y directa, materias de especial interés público, como pueden ser la protección de la salud y de la integridad física o de la seguridad personal o jurídica de las personas físicas.
Hasta la entrada en vigor de la mencionada Ley se mantendrán las obligaciones de colegiación vigentes. 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
Pues bien, al parecer vamos con bastante retraso en la regulación con las nuevas leyes, ya que de momento sólo tenemos la de visado:
REAL DECRETO sobre visado colegial obligatorio.
http://www.la-moncloa.es/ConsejodeMinis … htm#Visado
El Real Decreto establece los nueve trabajos profesionales concretos que serán objeto de visado obligatorio por los colegios antes de que puedan surtir efectos ante la Administración. Estos trabajos se refieren a:
- Edificación. Se someten a visado obligatorio los proyectos de ejecución de edificación y sus certificados finales de obra, incluso cuando se presenten para legalización de edificaciones ya realizadas. También habrá visado para los proyectos de demolición.
Por lo tanto, han quedado fuera de obligatoriedad los proyectos básicos, no tengo claro si la LOE exige que este tipo de proyectos estén firmados por un arquitecto, de no ser así ya no había inconveniente para que los Técnicos Superiores (delineantes) prepararamos este tipo de proyectos necesarios para solicitar las licencias de obras, y que no son más que una justificación de que el edificio se ajusta a la normativa urbanística y una valoración de la obra.
Habrá que esperar a ver que dice la de obligatoriedad de colegiación, opino que la colegiación es necesaria si queremos tener un interlocutor que nos represente ante la abministración y ante otros colectivos ¿qué os parece a vosotros?.
Seguiré informando, porque parece que la polémica va para largo.
Hay mucha información sobre este tema en este post sobre la ley ómnibus del foro de delineación.
Las fórmulas más utilizadas en Excel
Excel es una de las herramientas más potentes del mercado para gestionar todo tipo de tareas: control de administración, cálculos, gráficos, informes, etc. Y además, es una de las más económicas.
Realizar un curso de Excel y saber manejar la herramienta es un punto a favor de cualquier profesional. A su vez, puede servir como base para otras disciplinas, como por ejemplo, un curso de contabilidad. Las funciones del programa son muy extensas y se encuentran en constante renovación, por lo que constituyen una ayuda excepcional para cualquier tipo de empresa o persona que las utilice.
El conocimiento de estas fórmulas contribuye a sacarle más partido a este software. Señalamos a continuación las más utilizadas.
> Fórmulas básicas.
– Suma =SUMA(+)
– Resta =RESTA(-)
– Multiplicación =MULTIPLICACION(*)
– División =DIVISION(/)
– Promedio =AVERAGE(:)
> Fórmulas lógicas.
– Falso =FALSO( ) Indica que un valor no se corresponde con la condición que se ha solicitado.
– Si =SI( ) Comprueba si se cumple una condición y define como VERDADERO o FALSO, en función del resultado.
– Y =Y( ) Indica VERDADERO si los argumentos evaluados son correctos.
> Fórmulas de texto.
– Concatenar =CONCATENAR(&) Agrupa los elementos de varias celdas en una sola.
– Espacios =ESPACIOS( ) Elimina los espacios vacíos de una celda, excepto los espacios entre palabras.
– Igual =IGUAL( ) Revisa dos cadenas de texto e indica VERDADERO si son iguales y FALSO si no lo son. Cuando expresa EXACTO hace distinción entre mayúsculas y minúsculas.
– Largo =LARGO( ) Indica el número de caracteres y espacios dentro de una celda.
– Limpiar =LIMPIAR( ) Elimina todos los caracteres del texto que no se pueden imprimir.
– Mayúsculas =MAYUSC( ) Convierte las letras minúsculas en mayúsculas.
– Minúsculas =MINUSC( ) Convierte las letras mayúsculas en minúsculas.
>Fórmulas de información.
– Impares =ES.IMPAR( ) Si el número de la celda es impar indica VERDADERO.
– Es Error =ESERROR( ) Indica si el valor de una celda es erróneo mediante VERDADERO o FALSO.
– Es Texto =ESNOTEXTO( ) Comprueba si el contenido de una celda es texto e indica VERDADERO o FALSO.
>Otras funciones.
– Función ordenar por orden alfabético, por numeración, por color, etc.
– Función de filtro para seleccionar contenidos específicos.
– Función de separar el contenido de una celda en columnas.
– Función de eliminar duplicados.
– Función de validación de datos.
– Función de agrupar y desagrupar.
– Función de extracción de datos externos desde diversas fuentes.
– Función de proteger o compartir las hojas y libros.
• Más fórmulas en Fórmulas de Excel
Datos de contacto
Aprendelo
Educación
902 024 881